Organigrama
Estructura Organizativa
El sindicato contará con la siguiente estructura:
Comité Ejecutivo Nacional
Tiene la representación legal de SINAE AFINES o bien la puede delegarla en la Secretaria General. Está integrado por 12 miembros.
Son atribuciones del Comité Ejecutivo:
- Convocar a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 38 del Estatuto.
- Convocar al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados, y al Consejo de Seccionales y Delegados Locales
- Velar por el fiel cumplimiento del presente Estatuto
- Ejecutar todos los acuerdos de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias
- Formular planes y programas para cumplir con los principios y objetivos del Sindicato
- Resolver y tramitar problemas laborales con las personas correspondientes
- Conocer de las solicitudes de afiliación y darles el trámite correspondiente
- Conocer de las solicitudes de desafiliación y darles el trámite correspondiente
- Nombrar el personal administrativo y asesor del Sindicato
- Presentar un informe de labores a las Asambleas y un balance económico debidamente justificado
- Ejecutar la política presupuestaria acordada por las Asambleas Generales
- Nombrar representantes del sindicato ante otros Organismos
- Nombrar los Comités que crea conveniente para agilizar y hacer más efectiva su labor
- Emitir los reglamentos que se consideren necesarios para el buen funcionamiento de la organización.
- Custodiar, preservar y llevar al día los documentos del Sindicato, tales como libros de actas, libros contables, entre otros.
- Ejecutar las políticas generales establecidas por el Consejo Nacional de Seccionales y Delegados debidamente aprobado por la Asamblea General.
- Conocer y resolver las solicitudes de ayuda económica en los procesos penales de mal praxis incoados contra alguno (a) de sus afiliados (as) en ejercicio de su labor bajo las órdenes del patrono formal.
- Todas aquellas funciones propias estipuladas en el Código de Trabajo y en las Convenciones Colectivas de Trabajo.
- Nombrar a las y los representantes del Sindicato ante los organismos en los que deba tener representación nacional o internacional y sean de su competencia.
- Será el encargado de nombrar las secretarías que sean necesarias a tiempo completo o en forma parcial durante el período.
- Declarar las huelgas, acordadas por la Asamblea General, suspensiones temporales de trabajo y toda clase de medidas de presión que por su trascendencia deban involucrar a la mayor parte de los y las trabajadoras afiliadas a SINAE.
- Nombrar a las y los representantes del Sindicato ante los organismos en los que deba tener representación y sean de su competencia.
- Acordar la afiliación a federaciones o Confederaciones, o su retiro de las mismas, cuando se aparten de los objetivos de nuestra organización.
- Seleccionar al personal de oficina indispensable para el cumplimiento del quehacer sindical. Las tareas asignadas a este personal serán definidas por este Comité.
- Aprobar toda adquisición y venta de bienes muebles.
Secretaría General
Son atribuciones de quién ostente la condición de Secretario (a) General, las siguientes:
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato en todos los actos, tanto internos como externos.
- Suscribir todo documento oficial que emane del Sindicato
- Participar en todas las actividades públicas que afecten la existencia del Sindicato
- Autorizar con su firma junto con la Secretaría de Finanzas todas las erogaciones a cargo del Sindicato
- Firmar junto con el Secretario de Actas y Correspondencia, los libros de actas de las Asambleas Generales, ordinarias y extraordinarias.
- Presidir las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional, y de las Asambleas Generales, Ordinarias y extraordinarias.
- Convocar a sesiones extraordinarias del Comité Ejecutivo, cuando las circunstancias lo amerite
- Abrir, dirigir y mantener el orden de las sesiones, así como suspender y levantar éstas, según corresponda
- Rendir informe de sus labores al Comité Ejecutivo Nacional.
- Tener conocimiento de toda correspondencia que cursa o recibe el Sindicato
- Enviar los informes y comunicaciones obligatorias al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Velar por la buena marcha administrativa del Sindicato, observando y haciendo observar el estatuto y las relaciones y acuerdos de las Asambleas Generales y Del Consejo Nacional de Seccionales y Delegados
- Presidir el Comité Administrativo
- Coordinar las actividades nacionales con las demás Secretarías del Comité Ejecutivo
- Dirigir y delegar funciones a los miembros del Comité Ejecutivo y funcionarios del Sindicato
- Realizar visitas sindicales
- Anunciar y publicar la convocatoria a elecciones
- Al finalizar el período, redactar la memoria y el informe Anual y presentarlo ante la Asamblea General
- Al finalizar el período, orientar en sus funciones a la persona asignada a la Secretaría General en el nuevo período.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaría (a) General Adjunta
Sus atribuciones son:
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados y al Consejo de Seccionales y delegados locales
- Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato en ausencia del Secretario (a) General.
- Reemplazar temporalmente a la Secretaria (o) General en sus funciones, con los mismos deberes y derechos de éste (a), en caso de vacaciones, incapacidades o permisos del titular, o permanentemente en caso de renuncia, incapacidad permanente o deceso.
- Llevar un libro de acuerdos tomados, tanto en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, como en las sesiones del Comité Ejecutivo y Consejo Nacional de Seccionales y delegados, con el fin de darles fiel seguimiento al cumplimiento de éstos.
- Sustituir con su firma en el Sistema Bancario Nacional, la ausencia temporal de las personas autorizadas en los bancos, sean éstos quién ostente la Secretaría General y quién ostente la Secretaría de Finanzas
- Desempeñar las otras comisiones y tareas que se deriven de lo señalado en el presente Estatuto y aquellas que le encomienden la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y el Consejo Nacional de Seccionales y delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaria de Afiliación y Promoción
Sus atribuciones son:
- Promover las afiliaciones al Sindicato, diseñando para ello estrategias y planes.
- Mantener una base de datos actualizado de las seccionales, delegados y delegadas, activistas y afiliados y afiliadas al SINAE
- Coordinar con la Comisión electoral todo lo relativo al padrón electoral y afines, con el fin de garantizar la transparencia y la legalidad de la participación en el proceso electoral.
- Confeccionar a cada afiliado y afiliada el respectivo carnet que acredite su condición.
- Redactar y firmar todos los documentos que corresponden a su Secretaria junto a la Secretaría General.
- Coordinar con las demás Secretarias los espacios correspondientes a la promoción de la afiliación.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaria de Asuntos legales y conflictos
Son atribuciones de quién ostente la condición de Secretario (a) de Asuntos legales y conflictos las siguientes:
- Asesorar técnica y sindicalmente todo conflicto social laboral y jurídico de carácter colectivo que afecte a las y los afiliados.
- Atender todo conflicto laboral.
- Acompañar a las y los afiliados a las comparecencias en los procedimientos administrativos disciplinarios
- Llevar un registro de todos los conflictos obreros patronales que lleguen a su conocimiento y presentarlo a conocimiento del Comité Ejecutivo Nacional.
- Recopilar información sobre negociaciones y convenciones colectivas
- Mantener un archivo actualizado con pronunciamientos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, jurisprudencia de los Tribunales de Trabajo y la Sala
- Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, criterios y opiniones jurídicas de la Procuraduría General de la República.
- Coadyuvar a la tramitación de la búsqueda de la solución administrativa de todo conflicto, comunicando al Comité Ejecutivo Nacional al respecto
- Redactar y firmar todo documento de su Secretaria
- Coordinar criterios y acciones con el representante ante la Junta Nacional de Relaciones Laborales y de las Comisiones Locales de Relaciones Laborales, así como darle seguimiento a los casos que allí se conocen en la medida posible.
- Mantener una constante comunicación y coordinación con la Asesoría Jurídica del Sindicato y con la Secretaría General.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaría de Actas
Son atribuciones de quién ostente la condición de Secretario (a) de Actas y correspondencia, las siguientes:
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
- Tomar el acta de cada Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, así como de las sesiones de Comité Ejecutivo Nacional.
- Firmar conjuntamente con la Secretaría General las actas de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias y de las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional.
- Dar lectura en cada Asamblea General y sesión de Comité Ejecutivo del acta precedente, para su consideración y aprobación
- Custodiar y preservar la integridad de los libros de acta de las Asambleas Generales y de las sesiones del Comité Ejecutivo.
- Mantener legalizados los libros de actas de las Asambleas Generales y de las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional
- Llevar el archivo de referencias de los libros de actas y sus sesiones
- Garantizar el acceso de los afiliados y afiliadas a consultar los libros de acta, siempre en presencia de persona responsable para garantizar su conservación e integridad.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaría de Finanzas
Son atribuciones de quién ostente la condición de Secretario (a) de
Finanzas, las siguientes:
- Autorizar con su firma y la del Secretario (a) General, todas las erogaciones a cargo del Sindicato
- Coadministrar, de conformidad con las estipulaciones de la Asamblea General y el presente Estatuto, los fondos del sindicato.
- Tomar las disposiciones necesarias para que todos los afiliados (as) coticen regularmente.
- Recaudar los fondos provenientes de las cuotas de afiliación y otros ingresos de cualquier naturaleza
- Proponer soluciones para incrementar los ingresos de la organización
- Formular previsiones y visualizar recursos que necesita la organización para atender situaciones especiales
- Presentar mensualmente al Comité Ejecutivo del SINAE, un estado general de caja, con detalle de las entradas y gastos realizados
- Llevar un control económico de la organización, en forma simple y precisa, de modo que permita conocer el estado real financiero de ésta, en cualquier momento
- Hacer efectiva toda orden de pago o cuenta de gastos autorizados, con la firma del Secretario General en forma mancomunada
- Elaborar el proyecto de presupuesto anual.
- Elaborar los informes económicos que se le soliciten.
- Distribuir estrictamente los ingresos y sus correspondientes erogaciones, tal y como está establecido en el Estatuto y lo dispuesto por la Asamblea General.
- Presentar ante la Junta Directiva las modificaciones presupuestarias debidamente razonadas que se han ejecutado o que se presentan para su respectiva aprobación.
- Asumir la responsabilidad directa de las cuentas bancarias abiertas a nombre de la organización, así como de los depósitos bancarios, sin perjuicio de que no puede existir una cuenta que pueda girar dineros con la firma de un solo miembro de Comité Ejecutivo.
- Presentar estados financieros y rendir el informe correspondiente del sindicato, que deberá ser sometido a conocimiento del Comité Ejecutivo y posteriormente a la Asamblea General Ordinaria.
- Llevar los libros de contabilidad del Sindicato.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaria de Educación
Son atribuciones de quién ostente la condición de Secretario (a) de Educación, las siguientes:
- Realizar un diagnóstico de las necesidades de educación y formación de interés sindical en la organización.
- Planificar actividades de formación sindical acorde a la priorización de las necesidades detectadas.
- Promover actividades de educación, formación y promoción sindical, tales como charlas, cursos, seminarios, congresos.
- Contactar organismos educativos estatales y privados para la promoción educativa del gremio.
- Mantener información actualizada sobre los programas educativos que otros Sindicatos, Federaciones o Confederaciones ofrezcan a sus afiliados.
- Contar con un registro actualizado de dirigentes, líderes activos y en formación, dentro del SINAE, con el fin de promover la creación de una dirigencia nacional.
- Coordinar con la Secretaría de Organización cursos de formación socio cultural para los y las afiliadas.
- Fomentar en las y los afiliados, el interés en los problemas nacionales que afecten a la clase trabajadora y el pueblo.
- Mantener un archivo de las noticias que se refieren al sindicalismo.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaria de Organización
Son atribuciones de quién ostente la condición de Secretario (a) de Organización, las siguientes:
- Recomendar y atender los detalles organizativos de las actividades que emprenda el sindicato, coordinado estrechamente con la Secretaría General.
- Coordina con la Secretaría General las solicitudes de permisos a seminarios y actividades propias del sindicato.
- Propiciar canales y métodos que incrementen la participación de todos y todas las afiliadas en la toma de decisiones de la organización sindical.
- Organizar, coordinar y supervisar las labores de los comités seccionales y delegados.
- Velar por que los comités seccionales y sus dirigentes cumplan con los objetivos de la organización e informen al comité ejecutivo sobre la labor realizada.
- Promover la creación y consolidación de comités seccionales en los centros de trabajo.
- Planificar giras atinentes a las actividades de la organización h.- Colabora y coordina con las comisiones internas.
- Fomentar y mantener comunicación con las demás organizaciones sindicales, nacionales e internacionales, así como las organizaciones hermanas de otros países.
- Promocionar relaciones efectivas del sindicato con los medios de comunicación colectiva.
- Redactar los comunicados de prensa, declaraciones y noticias de interés sindical que deban publicarse, previa autorización del Comité Ejecutivo.
- Dirigir el periódico oficial del Sindicato.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Vocalías
Son atribuciones de quién ostente la condición del Vocal I y II:
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
- Asumir de manera temporal o permanente cualquier Secretaría del Comité Ejecutivo Nacional,(vacaciones, incapacidades, permisos, ausencias) a excepción hecha de la Secretaría General, que será sustituida por la Secretaría General Adjunta.
- En aquellos casos excepcionales en que no se encuentre la Secretaría General, ni la Secretaría General Adjunta, el Vocal podrá asumir, de manera temporal la vacante de la Secretaría General, mientras se haga la convocatoria a Asamblea para elección de ésta.
- Desempeñar las otras funciones y tareas que se deriven de lo señalado en el Estatuto y aquellas que le encomienden la Asamblea General o el Comité Ejecutivo.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
Secretaría de Asuntos Sindicales
Son atribuciones del que ostente la condición de Secretario (a) de Asuntos Sindicales
- Coordinar en conjunto con la Secretaría General y la Secretaría de Asuntos Legales y Conflictos, las medidas de presión que se den en los diferentes centros donde laboren afiliadas (os) al SINAE AFINES.
- Informar de los casos llevados a la Secretaría General y a la Secretaría de Asuntos Legales y Conflictos para el registro correspondiente.
- Suscribir todo documento que emane de su secretaría.
- Dar charlas según su disponibilidad, de temas sindicales en los cursos de Auxiliares de Enfermería y cuando sea necesario, junto a la Secretaría General.
- Coordinar con los representantes del SINAE AFINES en los diferentes centros, las acciones inmediatas a seguir en caso de un movimiento sindical.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, además al Consejo Nacional de Seccionales y Delegados.
- Participar en todas la actividades públicas que afecten la existencia del sindicato.
- Visitar periódicamente los centros en donde laboren afiliadas (os) al SINAE AFINES, brindado asesoría sindical.
- Promover al SINAE AFINES durante sus visitas a los diferentes centros.
- Asesorar dentro de sus capacidades técnicas y sindicales todo conflicto socio – laboral y jurídico a cualquier grupo de trabajadores afiliados a SINAE.
- Desplazarse y acompañar en caso necesario a los afiliados a las reuniones o comparecencia en procedimientos o luchas de carácter sindical.
- Fomentar interna y externamente el conocimiento y aplicación de reglamentos, normativas, leyes, decretos, y jurisprudencia emanada por pronunciamientos del Ministerio de Trabajo, Contraloría General de la República, Tribunales de Trabajo y Sala Constitucional, todo en materia laboral.
- Asistir en la medida de las posibilidades a los cursos sindicales que se programen en el sindicato, para mantenerse actualizado en materia laboral.
- Al finalizar el periodo respectivo, orientar en sus funciones a la persona asignada en esta secretaría para el nuevo periodo.
- Presentar con carácter de prioridad y en los plazos de ley, los informes que le solicite la fiscalía general del SINAE AFINES.
Secretaria Género
Son atribuciones de esta Secretaría:
- Definir políticas que orienten una plataforma de lucha para las mujeres trabajadoras.
- Realizar diagnósticos, investigaciones y análisis sobre la problemática de las trabajadoras.
- Impulsar acciones para el logro óptimo de integración y participación política sindical de las trabajadoras, en la estructura y actividades sindicales y de la sociedad.
- Coordinar con Instituciones y Organismos Nacionales o Internacionales programas de bienestar de la mujer.
- Coordinar acciones con otras secretarías y departamentos del Sindicato.
- Elaborar y desarrollar en coordinación con la Secretaría de Educación, un plan de formación y capacitación específico para las mujeres dirigentes y afiliadas en general.
- Ejecutar las demás funciones que le correspondan y las que le señale la Junta directiva y la Asamblea General
Fiscalia General
La Fiscalía General es un órgano autónomo e independiente del Comité Ejecutivo, dura en sus funciones cuatro años y será electo en Asamblea General Ordinaria de Medio Período y/o Extraordinaria convocada para tal fin. Está compuesto por un miembro propietario y dos miembros suplentes.
Son atribuciones de la Fiscalía General, las siguientes:
- Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones de este Estatuto, del Programa de Trabajo, de los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, del Comité Ejecutivo y del Consejo Nacional de Seccionales y Delegados y los Comités Seccionales.
- Denunciar por escrito a aquellos afiliados o afiliadas y miembros del Comité Ejecutivo, Consejo Nacional de Seccionales y Delegados, Comités seccionales y representantes del SINAE ante el Comité Ética, y si este hace caso omiso ante el Comité Ejecutivo Nacional o la Asamblea General, a quienes incumplan las disposiciones señaladas en este Estatuto, en el Programa de Trabajo, y demás señaladas en el inciso precedente.
- Solicitar el arqueo de Caja Chica cuando lo estime conveniente, e informar del resultado encontrado, en forma escrita al Comité Ejecutivo, emitiendo las recomendaciones a que haya lugar
- Rendir un informe ante la Asamblea General del Sindicato sobre la labor realizada en ejercicio de sus funciones.
- Ejercer funciones de contralor en todas las actividades del Sindicato
- Vigilar que la contabilidad se lleve de acuerdo con las estipulaciones aprobadas
- Fiscalizar las actuaciones de los afiliados y afiliadas en el uso de los bienes materiales del sindicato
- Recibir las denuncias que interpongan las y los afiliados y darles el trámite correspondiente, instruyendo, si es del caso, al Comité de Ética y Disciplina, la instauración del procedimiento disciplinario respectivo, en el plazo máximo de quince días hábiles a partir de la recepción de la denuncia. i.- Facilitar al Comité de Ética y Disciplina los documentos que sirviesen para la búsqueda de la verdad real de los hechos, y para el fundamento legal del procedimiento disciplinario
- Controlar el plazo que tiene el Comité de Ética y Disciplina para instruir el procedimiento y rendir el informe correspondiente
- Conocer del informe del procedimiento y recomendar el archivo del expediente o la sanción procedente, según fuese el caso, ante el Comité Ejecutivo.
- lSolicitar a cualquier miembro del Comité Ejecutivo u otro órgano, cuando lo estime pertinente, los datos e informes para el buen desempeño del quehacer sindical.
- Acceder a la documentación de la organización, sea éste conciliaciones bancarias, libros de actas, entre otros, siempre resguardando el principio de confidencialidad en lo que competa y salvaguardando la integridad de dicha documentación.
- Participar en las reuniones del Comité Ejecutivo, con voz y sin voto, cuando lo considere conveniente
- Mantenerse en constante comunicación con todos los órganos del Sindicato
- Redactar y firmar toda la documentación de la Fiscalía
- Efectuar las funciones que le señale la Asamblea General.
- No podrá postularse a ningún puesto de la contienda electoral.
COMISIÓN DE ETICA Y DISCIPLINA
De sus Atribuciones Son atribuciones de la Comisión de Ética y Disciplina, las siguientes:
- De su Naturaleza La Comisión de Ética y Disciplina es un órgano que efectúa sus labores en coordinación con la Fiscalía del SINAE, electo en Asamblea General Ordinaria de Medio Período, que dura en sus funciones dos años, y tiene un carácter de órgano instructor para los procedimientos disciplinarios.
- De su Composición La Comisión de Ética y Disciplina estará integrada por tres miembros propietarios (as) y tres miembros suplentes, fungiendo uno de sus miembros propietarios como Coordinador (a).
- De su Nombramiento Su nombramiento lo hará la Asamblea General de año par, mediante votación directa y secreta de las personas afiliadas asistentes a ésta, a partir de la presentación de las ternas.
- Una vez efectuada la votación y electos sus miembros, la Asamblea General procederá, mediante rifa, a la elección del miembro que ostentará la condición de coordinador (a) de la Comisión. Acto seguido, se juramentará el pleno de la Comisión.
- De los Requisitos para ser Integrante de la Comisión de Ética y Disciplina. Podrán postularse y ser electos como miembros de la Comisión de Ética y Disciplina, los y las afiliadas al SINAE, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Contar con una afiliación previa de dos años.
- Estar al día con el pago de sus cuotas sindicales.
- Contar con Solvencia moral.
- No estar en el momento sancionado por la organización ni ser sujeto de un actual procedimiento disciplinario por parte del SINAE.
- No sufrir pena por delito de violación, abusos sexuales o deshonestos, discriminación, o delitos de la función pública. Deberá aportar hoja de delincuencia posterior a la elección.
- No estar en el momento de la postulación ni del nombramiento con encauzamientos por delitos tales como homicidio doloso, lesiones dolosas robo, hurto, estafa, delitos de la función pública, delitos sexuales y delitos contra la salud
- No haber sido sancionado por la organización o por la justicia, por sus actuaciones en el ejercicio de algún cargo de Comité Ejecutivo Nacional en períodos anteriores.
- No ser miembro del Comité Ejecutivo Nacional, de la Comisión Electoral, ni postularse a ningún puesto de la contienda electoral próxima.
- Recibir y proceder a tramitar las denuncias remitidas por la Fiscalía General del SINAE.
- Instruir el procedimiento disciplinario con apego irrestricto a las garantías constitucionales del debido proceso.
- Conformar el expediente disciplinario de cada caso, el cual deberá estar debidamente foliado.
- Custodiar el expediente disciplinario mientras dure la instrucción de éste y remitirlo debidamente a la Fiscalía General y al Comité Ejecutivo Nacional del SINAE una vez concluida la etapa de instrucción
- Planificar la realización de la audiencia oral y privada.
- Solicitar a la Fiscalía General y al Comité Ejecutivo Nacional la aplicación de una medida cautelar, cuando tenga elementos que le indiquen la necesidad de su aplicación con el fin de no entorpecer la investigación, o causar daño moral o material a la organización de difícil reparación.
- Emitir las resoluciones de convocatoria a la audiencia oral y privada y verificar que sean debidamente notificadas.
- Instruir el procedimiento disciplinario, recibiendo pruebas (testimoniales, documentales, periciales, inspección in situ y otras). i.- Concluir la etapa de instrucción en el plazo de tres meses contados a partir de la recepción de la denuncia por parte de la Fiscalía General. Podrá prorrogar el plazo de instrucción en un tanto igual, previa solicitud a la Fiscalía General y autorización de ésta, y notificación a las partes involucradas. Estos plazos antes indicados no son perentorios.
- Remitir los autos, con sus conclusiones a la Fiscalía General
- Emitir, junto con la Fiscalía General, la recomendación sobre el caso que conocen, y notificar dicha recomendación al afiliado o afiliada disciplinable.
- Elevar el expediente completo, incluyendo la recomendación al Comité Ejecutivo Nacional del SINAE
- Mantener la debida confidencialidad sobre los casos que conocen.
- De la Abstención, Inhibición y Recusación a.- Los miembros de la Comisión de Ética y Disciplina se deben abstener de conocer casos en que concurran causales de inhibición y recusación.
- Cuando esto suceda, el miembro propietario deberá ser reemplazado por un miembro suplente.
- Las y los afiliados disciplinables pueden plantear recusación hacia alguno (a) de los miembros de la Comisión de Ética y Disciplina, por las causales previstas en la Ley General de la Administración Pública, Código Procesal Civil y Ley Orgánica del Poder Judicial. Cuando esto suceda, el miembro cuestionado debe pronunciarse formalmente al respecto. Si acepta la recusación procede la sustitución por un miembro suplente. Si el integrante cuestionado no acepta los argumentos de la persona disciplinable, debe elevar los autos ante la Fiscalía General quién en definitiva decidirá sobre el asunto mediante una resolución debidamente fundamentada.
Comisión Electoral:
Los miembros de la Comisión electoral deben contar con los siguientes requisitos:
- De su Nombramiento La Comisión electoral del SINAE se nombrará en Asamblea General Ordinaria de Medio Período, mediante votación directa.
- De su Duración y Composición La Comisión electoral del SINAE estará integrada por tres miembros propietarios y tres suplentes y durará en funciones por cuatro años.
- Afiliación mínima previa de dos años en el SINAE
- Solvencia moral
- No haber sido sancionado dentro de la organización
- No postularse a ningún puesto de la contienda electoral
- De las Funciones de la Comisión Electoral Son funciones de la Comisión electoral:
- Instrumentalizar la convocatoria a elecciones del Comité Ejecutivo del SINAE, a partir del anuncio y la publicación efectuada al respecto por el Secretario (a) General
- Suscribir, conjuntamente con el Secretario (a) General, el campo pagado y la resolución donde se dé la apertura al proceso de inscripción de candidatos y papeletas en el comicio electoral
- Publicitar la apertura del proceso electoral, así como los requisitos de participación en este
- Recibir las inscripciones de papeletas y candidatos
- Verificar el cumplimiento de requisitos por parte de las papeletas y los y las candidatos 68
- Prevenir a las papeletas y a los y las candidatos sobre la omisión de algún requisito
- Aprobar o improbar la inscripción de las papeletas y las y los candidatos, y notificar al respecto al o los (as) afectados (as), mediante resolución fundamentada
- Conocer y resolver los recursos de revocatoria planteados por los afectados de las decisiones de la Comisión electoral
- Conocer y aprobar o improbar la propaganda de las diferentes papeletas y candidatos, conocer y aprobar o improbar la propaganda.
- Distribuir el aporte económico del 8% del total de las entradas ordinarias del SINAE de los meses de octubre y Noviembre en año electoral para efectos de propaganda a las diferentes papeletas, previa entrega de la (s) factura (s) timbradas correspondientes
- Diseñar y editar las papeletas correspondientes, y resguardarlas eficientemente.
- Diseñar el sistema de votación secreta y universal que se empleará en el proceso
- Diseñar los lugares donde estarán los centros y las urnas de votación
- Confeccionar y supervisar el padrón de afiliados y afiliadas
- Designar los fiscales de mesa de la Comisión electoral y proceder a su juramentación y acreditación
- Juramentar a los fiscales designados por las diferentes papeletas y acreditarlos debidamente
- Supervisar el proceso electoral y las actuaciones del mismo día de las elecciones en sí
- Contabilizar el recuento de votos
- Emitir el resultado de la votación, y declarar a las y los ganadores y proceder a su respectiva juramentación ante la Asamblea General de Fin de Período. s.- Proceder, en el único caso de que exista una sola papeleta debidamente inscrita en la contienda electoral, a dar por concluido el proceso, y a realizar la declaratoria de ganadores y su respectiva juramentación y acreditación
- Juramentar a los fiscales designados por las diferentes papeletas y acreditarlos debidamente
- Supervisar el proceso electoral y las actuaciones del mismo día de las elecciones en sí
- Contabilizar el recuento de votos
- Emitir el resultado de la votación, y declarar a las y los ganadores y proceder a su respectiva juramentación ante la Asamblea General de Fin de Período. s.- Proceder, en el único caso de que exista una sola papeleta debidamente inscrita en la contienda electoral, a dar por concluido el proceso, y a realizar la declaratoria de ganadores y su respectiva juramentación ante la Asamblea General de Fin de Período.